El TSJ andaluz concede medidas cautelares a otra familia objetora
Una semana después de haber dictado una sentencia favorable a los objetores de Bollullos, el TSJA ha emitido un auto en que concede cautelarmente la objeción a una familia de La Carolina.
Cuando aún no se han apagado los ecos de las reacciones a la sentencia dictada el martes de la semana pasada, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado una nueva resolución que ampara el derecho de unos padres a objetar contra la asignatura Educación para la Ciudadanía.
En esta oportunidad se trata de un auto de medidas cautelares, firmado -como la sentencia del 4 de marzo- por la sección III de lo contencioso administrativo del TSJA, pero la composición del tribunal ha experimentado un cambio: es el juez Joaquín Sánchez -y no Enrique Gabaldón- quien completa la terna junto a Victoriano Valpuesta y Eloy Méndez.
La decisión se produce después de que los padres de un alumno de La Carolina (Jaén) objetaran en conciencia para que su hijo no estudie la asignatura. Tras haberles denegado tal posibilidad la Junta de Andalucía, recurrieron al TSJA, que ha impuesto medidas provisionales a favor del derecho a la objeción de conciencia.
En este caso, que sigue abierto hasta que la Sala dicte sentencia, los jueces no han entrado por el momento en el fondo de la cuestión, pero resuelven que ha lugar "la medida cautelar interesada relativa a la suspensión de la ejecutividad de la resolución impugnada". Consiguientemente, el tribunal permite que, mientras dure la tramitación del procedimiento, los padres puedan ejercer el derecho a objetar para su hijo no acuda a las clases de EpC, algo que le había sido negado por la Junta de Andalucía.
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