viernes, 30 de enero de 2009

Seguimos ...: 28 de Febrero. Madrid. 2º ENCUENTRO DE OBJETORES

II Encuentro nacional de objetores de conciencia a “Educación para la Ciudadanía”


28 de Febrero de 2009

Cuestión de Libertad


Toda la información en: www.encuentrodeobjetores.org

jueves, 29 de enero de 2009

Interesante reflexión de un padre objetor:¡ NI UN PASO ATRÁS!

"No es hora de flaquear.
Esto (cuyo alcance jurídico concreto está por conocer y analizar) lo teníamos perfectamente previsto.
En mi opinión, hay que ver el tema en la perspectiva de su importancia real.
Hemos acometido una empresa de dimensiones históricas. De primerísima categoría política, en el sentido más amplio y noble del concepto. Al movilizarnos para defender nuestra competencia de educación moral de nuestros hijos, hemos entrado inevitablemente en un terreno superior. Picamos alto, muy alto. Más allá de la cuestión de la libertad educativa, lo que está en juego es si nuestro sistema constitucional tiene capacidad de garantizar la piedra angular del sistema democrático, que es el derecho inalienable de cada persona al propio juicio moral y a vivir de acuerdo a sus imperativos. Algo tan básico que es el fundamento por ejemplo del derecho al voto en la elección de gobernantes.
La empresa es de tal calibre que, lógicamente, coronarla con éxito debe exigir una larga campaña, en que se pondrá a prueba nuestra determinación y perseverancia; como el pueblo de Israel hizo caer las inexpugnables murallas de Jericó.
Comprendo nuestra ansiedad por alcanzar los objetivos marcados; pero seríamos algo presuntuosos si pretendieramos que el TS se iba a entregar a nuestro primer embite. Entiendo que los cuatro recurrentes afectados por esta sentencia deben acudir en amparo al TC y si es preciso ir luego a Estrasburgo. Respecto al resto de los recurrentes, que son más de 1.600, han de ir compareciendo ante el mismo TS para defender el reconocimiento de nuestro derecho, en oleadas sucesivas, con variados bagajes probatorios y argumentaciones cada vez más desarrolladas que vayan refutando las expuestas por el TS. No somos unos pocos pleiteantes aislados, sino todo un ejercito de ellos, cuyos sucesivas refutaciones a los fundamentos del TS abrumará a éste. No existe, que yo sepa, ninguna otra controversia judicial en España que plantee tamaño desafío a los tribunales. Los tribunales españoles no se las han visto nunca con una potencia pleiteante como es el movimiento objetor; que se aten los machos.
Por tanto, ánimo y adelante. No desfallecer y conservar la pujanza, incrementandola si es posible, del movimiento objetor."

NOTA DE PRENSA DEL TRIBUNAL SUPREMO

Esta es la nota de prensa facilitada por el Tribunal Suprema relativa a la sentencia dictaminada ayer:

NOTA DE PRENSA




La Sala Tercera del Tribunal Supremo en Pleno ha examinado cuatro recursos de casación, sobre el derecho a la objeción de conciencia a la asignatura Educación para la Ciudadanía, tres de ellos procedentes de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y otro procedente de la Sala de lo Contencioso de Sevilla.

El Pleno de la Sala ha llegado a la conclusión de que en los casos presentados no existe el derecho a la objeción de conciencia y así mismo ha establecido que los Decretos examinados, ambos referentes a la Educación Secundaria, por sí mismos no alcanzan a lesionar el derecho fundamental de los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.

Esta decisión ha sido tomada con el voto favorable 22 de los 29 Magistrados presentes.

Las sentencias están pendientes de redactar y se notificarán en los próximos días.

Madrid, 28 de enero de 2009.

miércoles, 28 de enero de 2009

A todos los padres objetores.

Queridos padres objetores,

Ya sabéis que aún siguen las primeras sentencias en el TS y que seguimos expectantes.


Esperemos que en Cantabria no dejéis, los padres, de informar a la gente y de hacer ver lo importante que es el hacerlo efectivo con la objeción pues es "el único recurso a nuestro alcance" de oponernos a la ley.

Informaros, también, que nuestros letrados siguen trabajando con ahínco, y mucho, por defender nuestros recursos, aunque aquí la sentencia primera ha sido desestimada. Como sabéis, esto no es la derrota, sino una china en el camino, así que seguimos adelante con el recurso de casación ante el TS. Esto es, que vamos a seguir con ellos en Madrid ante el TS.

Espero que os deis cuenta de lo importante que es nuestra lucha para la educación en España y todo gracias a unos padres valientes que luchan por conseguir poder educar en libertad.

Ya llevan dos días en el TS y aún no han terminado....

Recibid un cordial saludo ya sabéis que estamos a vuestra disposición

Mariana GA

martes, 27 de enero de 2009

El Tribunal Supremo no lo tiene nada claro ....

El Supremo aplaza de nuevo su decisión sobre la objeción a EpC

El pleno de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo reanudará mañana a las 10 horas las deliberaciones sobre si los padres pueden invocar la objeción de conciencia para impedir que los hijos asistan a clase de Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos.


Redacción Familia - 27-01-09

LA CLAVE

Una decisión crucial para nuestras libertades.

El TS delibera hoy sobre la objeción a EpC




Entre ayer y hoy, los magistrados acumulan cerca de 15 horas y media de debate sobre cuatro recursos de casación presentados contra otras tantas sentencias de tribunales Superiores de justicia autonómicos (TSJ).

La Fiscalía, la Junta de Andalucía y la abogacía del Estado recurrieron una sentencia del TSJ de esa comunidad que reconoció el derecho de objeción de unos padres en marzo de 2008.

El Alto Tribunal deberá decidir, por un lado, si da o no la razón a los padres asturianos, a los que el TSJ de esta comunidad les denegó el derecho a la objeción de conciencia a la asignatura por entender que ni la regulación jurídica de la misma, ni sus contenidos, vulneran derechos fundamentales. Asimismo, indicaba que para el desarrollo de la materia se ha tenido en cuenta la autonomía de los centros para adaptar los contenidos a su ideario, así como la libertad de cátedra del profesorado.

Sin embargo, el Supremo también tendrá que hacer frente al recurso elevado por la Junta andaluza, que se oponen a la decisión de los magistrados TSJ de Andalucía, que fallaron a favor de unos padres, a los que permitió objetar y dejó que su hijo quedara exento de ser evaluado.

El TSJA alegaba que los contenidos que fija el Gobierno "vulneran el derecho de los padres a educar a sus hijos en la formación religiosa o moral de acuerdo con sus propias convicciones".

El ministerio de Educación, Política Social y Deporte ya ha comunicado que acatará la decisión del Supremo y que con ella confía en que termine la polémica.

Por su parte, las asociaciones opositoras han anunciado que si el Supremo no avala su postura, recurrirán al Constitucional.

Según el recuento de este colectivo, se han presentado un total de 1.682 recursos judiciales, de los que cerca de 300 les fueron favorables, mientras que otros 29 negaban el derecho a objetar, y 33 se fallaron en contra por falta de pruebas.

Asimismo, aseguran que las objeciones superan las 50.000.

Este número hace pensar, según Jaime Urcelay, presidente de Profesionales por la Ética, que hay límites que no se pueden traspasar.

Por otro lado, ayer conocíamos que un total de 65 plataformas y organizaciones de toda España han firmado un manifiesto en cuyo primer punto consideran que la asignatura EpC es un "atentado" a sus derechos civiles.

Según precisa el manifiesto, la implantación obligatoria de esta materia "entra en conflicto con la libertad de conciencia en la escuela y el derecho de los padres a la educación moral de nuestros hijos".

Por eso, consideran "esencial" el reconocimiento por parte de las administraciones educativas de la objeción de conciencia como posibilidad de ejercicio ciudadano "de fidelidad a la propia conciencia", que "a nadie perjudica y que salvaguarda el respeto a las minorías como principio básico de convivencia".

Aseguran al respecto que la Constitución española y los tratados internacionales sobre Derechos Humanos les amparan y anuncian que si es necesario mantendrán las acciones judiciales emprendidas hasta la última instancia a la que tengan derecho a recurrir.

En estos momentos la objeción de conciencia a las asignaturas de Educación para la Ciudadanía es "el único recurso que tenemos los padres para oponernos a una ley vigente que vulnera nuestros derechos como responsables de la educación moral de nuestros hijos".

Solicitan modificaciones en las enseñanzas mínimas obligatorias de Educación para la Ciudadanía, tanto en los contenidos específicos como en lo que afecta a los objetivos y criterios de evaluación de las materias.

miércoles, 21 de enero de 2009

IMPORTANTE: NOTA DE PRENSA

NOTA DE PRENSA
Plataforma “Cantabria Educación y Libertad”
21 enero 2009



En relación con primera Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria por la que se desestima el recurso planteado por una madre contra la resolución de la Consejería de Educación que denegaba el derecho de ésta a la objeción de conciencia frente a las asignaturas de Educación para la Ciudadanía respecto a sus dos hijas, la Plataforma “Cantabria Educación y Libertad” quiere hacer las siguientes consideraciones.

1) Una inmensa mayoría de tribunales que están conociendo de los recursos sobre tal cuestión en España han reconocido ya el derecho a objetar a Educación para la ciudadanía: así lo demuestran el casi centenar de sentencias de los Tribunales Superiores de La Rioja y Andalucía y Juzgados en Aragón o Extremadura. Son igualmente más de 200 los autos de medidas cautelares que se han dictado en España que autorizan a alumnos de padres objetores a no entrar en tales materias.

2) En todas las sentencias mencionadas ha quedado patente el carácter moral y adoctrinadores de tales asignaturas que contrarían los derechos educativos paternos reconocidos en la Constitución y los tratados y declaraciones internacionales de derechos.

3) No existe unanimidad en el fallo del Tribunal Superior de Justicia cántabro, ya que uno de los magistrados ha emitido voto particular contrario al parecer mayoritario.

El Tribunal Supremo emitirá su fallo el próximo día 26 de enero, y confiamos plenamente en que el más alto órgano judicial tutele los derechos fundamentales que están en juego. Los padres afectados podrán recurrir a dicho Tribunal para pedir la nulidad de la sentencia del Tribunal cántabro y ver sus derechos constitucional reestablecidos.

La Plataforma “Cantabria Educación y Libertad” entiende que reconocimiento del derecho a la objeción de conciencia es la forma más democrática de proteger la libertad social de todos los padres y de sus hijos y así espera que sea visto por el Tribunal Supremo.


Fdo: Mariana García de Alvear
Plataforma Cantabria Educación y Libertad