El TSJ andaluz vuelve a dar la razón a los objetores a EpC
Además, afirma que los padres pueden objetar aunque sus hijos todavía no estén cursando la asignatura.
REDACCIÓN HO.-El pasado 4 de marzo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ andaluz hacía pública su sentencia amparando la objeción de conciencia frente a Educación para la Ciudadanía (EpC), al reconocer el derecho de los padres de un alumno de Bollullos Par del Condado (Huelva) a ejercer este derecho frente a la asignatura. Ahora, en una nueva sentencia, vuelve a dar la razón a unos padres objetores de Málaga, con la novedad de que estos aún no tienen a sus hijos en edad de cursar la asignatura.
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